Los beneficiarios de Medicare con ingresos limitados podrán saber muy pronto si cumplen con los requisitos para gozar de una importante ayuda adicional en el pago de medicamentos por receta médica, luego de que los nuevos beneficios entren en vigencia el 1ero de enero.
A medida que esta fecha se acerca, todos los afiliados, excepto aquéllos que cuentan con una buena cobertura para medicamentos por receta médica en concepto de su jubilación, tendrán que decidir si desean inscribirse para obtener estos beneficios (La información sobre las opciones de cobertura estará disponible a partir de octubre. La fecha de inscripción será del 15 de noviembre de 2005 al 15 de mayo de 2006).
Pero, para las personas de ingresos limitados, la primera parte de ese proceso de inscripción comienza ahora, de manera que puedan saber con antelación si cumplen con los requisitos para obtener esta ayuda adicional.
Desde fines de mayo hasta el 31 de agosto, la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) enviará los formularios de solicitud (en español o inglés) a millones de personas que pueden resultar elegibles para obtener esta ayuda.
AARP y otros grupos de consumidores animan a todos los que reciban el formulario, o a las personas que puedan actuar en su nombre, a completarlo y regresarlo, ya que, si cumplen con los requisitos, los solicitantes podrán ahorrar mucho dinero en sus medicamentos por receta médica.
"Ésta es una parte muy importante de los beneficios en materia de medicamentos por receta médica”, nos dice Paul Cotton, miembro del equipo legislativo para la salud, de AARP. "Permitirá que las personas que tienen más dificultad para pagar sus medicamentos reciban más ayuda. Para mucha gente, será un ahorro de miles de dólares al año”.
A todos aquéllos que cumplan con los requisitos, se les cobrarán deducibles y primas de poco valor o estarán exentos de estos pagos o se les cobrarán copagos bajos, por concepto de medicamentos por receta médica, cuyo valor dependerá de sus ingresos y circunstancias (ver el recuadro). Todos recibirán cobertura continua durante el año. De esta manera, evitarán el intervalo en la cobertura regular conocido en inglés como "doughnut hole", que no cubre los gastos por concepto de medicamentos que asciendan hasta $2.850 dólares anuales.
¿Quiénes deben solicitar ayuda adicional?
Si usted considera que cumple con los requisitos, vale la pena que solicite estos beneficios aunque sus ingresos estén por encima del límite. Para algunas personas, como, por ejemplo, los que tienen familiares a su cargo o viven en Alaska o Hawai, o los que tienen ciertas ganancias o gastos que no cuentan, los límites son más altos.
Ahora bien, si usted tiene ingresos muy limitados (niveles 1 y 2 del recuadro), no necesita solicitar los beneficios, ya que usted será automáticamente elegible. El Centro de Servicio de Medicaid y Medicare (CMS, por sus siglas en inglés) le enviará una carta para informarle al respecto. Para finales del otoño, se le pedirá que se inscriba en el plan de medicamentos que usted elija.
¿Qué pasa si mis medicamentos ya han sido pagados?
Después del 31 de diciembre, las personas que actualmente reciben sus medicamentos por medio de Medicaid comenzarán a recibirlos por parte de Medicare. Las personas inscritas en algunos programas estatales del Medicaid, y que ahora reciben medicamentos gratis, comenzarán a cubrir pequeños copagos a partir del año que viene.
Algunos estados, que administran otros programas de ayuda en materia de medicamentos, todavía no han decidido su lugar en el nuevo plan de beneficios de Medicare. Comuníquese con el programa en el que usted está inscrito para obtener mayor información.
¿Qué se considera “ingreso” y “activos”?
Las personas que han sido inscritas automáticamente no tienen que preocuparse por esto, ya que sus ingresos y propiedades han sido catalogados por debajo del límite. Para los que deben solicitar su inscripción (niveles 3 y 4 del recuadro), “ingreso” significa cualquier dinero que reciban en concepto de trabajo, Seguro Social, beneficios de jubilación, manutención, renta de propiedades, indemnización laboral, etc. Los “activos” son recursos tales como: cuentas de banco, inversiones, pólizas de seguro de vida y bienes inmuebles adicionales. Y no incluyen su vivienda, el terreno donde está construida, vehículos, parcelas de cementerio o bienes personales.
El límite de los activos (el máximo monto monetario permitido) incluye $1.500 en concepto de gastos funerarios o de inhumación por persona. En la solicitud se pregunta si usted piensa utilizar parte de sus ahorros, inversiones o seguro de vida para este propósito. Si la respuesta es “no”, al límite de activos se le restarán $1.500 (o $3.000, en el caso de parejas).
¿Qué necesito saber para completar el formulario?
Usted necesitará su número de Seguro Social e información financiera. Si tiene seguro de vida, es posible que tenga que preguntarle a su asegurador cuánto dinero recibiría si lo cobrara en este momento. Las personas casadas y que viven juntas llenarán solamente una solicitud.
¿Cómo puedo hacer la solicitud?
Usted puede completar y devolver el formulario de solicitud enviado por la Administración del Seguro Social (SSA); también puede hacerlo por teléfono, llamando al 800-772-1213, o en persona, en una oficina local de la SSA o en alguna oficina estatal del programa de seguro médico estatal (SHIP, por sus siglas en inglés). O podrá, a partir de principios de julio, hacer su solicitud en internet, en la página oficial del Seguro Social.
¿Alguien me puede ayudar con la solicitud?
Los consejeros capacitados de SHIP ofrecen ayuda gratuita. Para localizar la oficina más cercana, visite la página de internet SHIPtalk (disponible sólo en inglés) o llame a la línea de ayuda del Medicare al 800-633-4227.
¿Alguien puede hacer la solicitud a nombre mío?
Sí. Cualquier persona, incluyendo familiares, amigos, representantes legales, trabajadores sociales, consejeros de SHIP o alguien que cuide de usted puede completar un formulario de solicitud impreso o en internet e, incluso, firmar a su nombre.
¿Qué sucede si no recibo la solicitud?
Si para fines de agosto usted no ha recibido la solicitud de la SSA y considera que es candidato para recibir la ayuda adicional, llame al SSA al teléfono 800-772-1213 o haga su solicitud en internet, en la página oficial del Seguro Social.
¿Qué sucede si me rechazan?
Es posible que usted todavía sea candidato para recibir ayuda adicional de parte del estado en que vive. Algunos programas estatales tienen límites superiores de ingresos o no necesitan comprobante de propiedades. Un consejero de SHIP puede asesorarlo.
¿Cuál es el próximo paso?
Después del 15 de noviembre, cualquier persona que cumpla con los requisitos de asistencia a personas de ingresos limitados (incluyendo a aquéllas que fueron automáticamente seleccionadas) deberá inscribirse en un plan de medicamentos por receta médica de Medicare para poder obtener la cobertura adicional. Los detalles de los diferentes planes disponibles en su área serán anunciados en la página oficial del Medicare, en internet, después del 13 de octubre, o podrá llamar al 800-633-4227 para recibir la misma información de forma personal.
Si usted fuese automáticamente seleccionado para recibir la ayuda adicional (niveles 1 y 2 del recuadro), pero no se inscribe en alguno de los planes de medicamentos por receta médica, Medicare lo inscribirá en un plan escogido al azar para que usted pueda recibir la cobertura adicional. Si esto sucede, usted conserva el derecho de cambiarse al plan que mejor se ajuste a sus necesidades.
¿Califica usted para recibir ayuda suplementaria para pagar medicamentos recetados?
| Quién cumple con los requisitos |
|
Nivel 1 |
Nivel 2 |
Nivel 3 |
Nivel 4 |
| Además de estar afiliado a Medicare, en el 2005 usted debe percibir lo siguiente: |
Beneficios completos de Medicaid e ingresos inferiores a $9.570 (individual) o $12.830 (pareja)* |
Medicaid (con ingresos superiores al nivel 1*); o SSI (sin Medicaid); o primas de Medicare pagadas por su estado |
Ingresos inferiores a $12.919 (individual) o $17.320 (pareja)* |
Ingresos inferiores a $14.355 (individual) o $19.245 (pareja)* |
| Valor de los activos (sin incluir su vivienda, vehículo, parcela de cementerio o bienes personales |
Ninguno |
Ninguno |
No más de $7.500 (individual) o $12.000 (pareja) |
No más de $11.500 (individual) o $23.000 (pareja) |
| Para saber su elegibilidad |
Seleccionado. No necesita hacer la solicitud |
Seleccionado. No necesita hacer la solicitud |
Debe hacer la solicitud |
Debe hacer la solicitud |
| Lo que usted recibe |
| Cobertura de medicamentos |
Total (sin intervalo) |
Total (sin intervalo) |
Total (sin intervalo) |
Total (sin intervalo) |
| Prima mensual |
$0 |
$0 |
$0 |
Reducida, según escala móvil basada en ingresos |
| Deducible anual |
$0 |
$0 |
$0 |
$50 |
| Copago por receta |
$1 genéricos, $3 de marca ($0 si usted se encuentra en un hogar de ancianos) |
$2 genéricos $5 de marca |
$2 genéricos $5 de marca |
15% del costo de cada receta |
| Copago en caso de catástrofe** |
$0 |
$0 |
$0 |
$2 genéricos $5 de marca |