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POR CAROLE FLECK
octubre 2008

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“Consulte a los especialistas” es una columna originalmente publicada en AARP Bulletin Today, que ofrece respuestas a importantes inquietudes que preocupan a los estadounidenses adultos mayores.
Los temas de este mes son: recalcule sus beneficios del Seguro Social, cómo su pensión afecta sus beneficios, y beneficios para cónyuges discapacitados.

(Nota: Últimas noticias o cambios recientes a las normas vigentes pueden afectar la información anteriormente publicada en esta columna).

P. Tengo 65 años y estoy recibiendo beneficios del Seguro Social. Si consiguiera un empleo y ganara más que en años anteriores, ¿sería recalculado mi beneficio mensual a partir de ese mayor ingreso?
R.

Su beneficio está basado en lo que usted percibió durante los 35 años en los que más ganó a lo largo de los años en los que trabajó por un sueldo. Cada año, la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) revisa los registros salariales de todos los beneficiarios que trabajan. Si el último año como asalariado resultara ser uno de los años en los que más ganó, la SSA volverá a calcular y aumentará su beneficio.

 

P. Trabajé para el gobierno federal por 28 años y, producto de otros empleos, acumulé créditos del Seguro Social por 10 años. Estoy divorciada, luego de 10 años de matrimonio. Si tomo los beneficios a partir de mis antecedentes o los de mi ex marido, ¿será reducido el monto que perciba debido a mi pensión?
R.

Los empleados federales contratados antes de 1984 no aportaban al sistema del Seguro Social. Entonces, los beneficios basados en sus salarios serán reducidos por una cantidad equivalente a dos tercios de su pensión para tener en consideración los años que trabajó para el gobierno. Si eligiera cobrar como divorciada a partir de los antecedentes de su ex marido, sus beneficios también sufrirían un recorte equivalente a las dos terceras partes de su pensión federal. Esto es, si cobra una pensión mensual de $1.000, su beneficio del Seguro Social será reducido en alrededor de $667 por mes.

 

P. Mi esposo falleció antes de comenzar a recibir sus beneficios del Seguro Social. Tengo 54 años y estoy cobrando un beneficio por discapacidad basado en mis antecedentes salariales. Sólo recibo alrededor de la mitad de lo que hubiera recibido mi marido si lo hubiera solicitado. ¿Puedo volver a solicitarlo?
R. Sí. Si aún no se ha vuelto a casar, póngase en contacto con el Seguro Social para saber si el beneficio como esposa discapacitada aumentaría a partir de los antecedentes de su marido. Una esposa inválida puede recibir el 71,5% del beneficio jubilatorio completo del cónyuge fallecido. Pero si solicita un beneficio de sobreviviente a los 61 años o más, este beneficio será mayor que el que percibe como cónyuge discapacitada. El monto del beneficio es aumentado gradualmente hasta la edad plena de jubilación de 66 años, oportunidad en la que igualará el 100% del beneficio jubilatorio completo de su marido.

—Fuente: Administración del Seguro Social



Publicado originalmente en AARP Bulletin Today. 

Estos enlaces son provistos solamente como fuentes de información. AARP no respalda, no tiene control y no se responsabiliza por estos sitios de enlace o por el contenido, publicidad, materiales, productos y/o servicios ofrecidos a través de sus páginas.

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