Consulte a los especialistas
Por Patricia Barry y Carole Fleck
diciembre 2008
"Consulte a los especialistas” es una columna originalmente publicada en AARP Bulletin Today, que ofrece respuestas a importantes inquietudes que preocupan a los estadounidenses adultos mayores. Los temas de este mes son: quién debe pagar por los errores médicos, combinar los planes 401(k) y 403(b), y percibir ingresos por trabajo y beneficios simultáneamente.
(Nota: Últimas noticias o cambios recientes a las normas vigentes pueden afectar la información anteriormente publicada en esta columna).
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Si Medicare ya no cubre las complicaciones generadas por errores médicos cometidos en los hospitales, ¿deben pagar los pacientes los gastos derivados de las mismas? |
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No. Desde el 1.º de octubre, no se ha permitido a los hospitales cobrarles a los beneficiarios de Medicare los tratamientos por problemas que se pudieron evitar generados en sus instalaciones, tales como cirugías mal practicadas, infecciones y úlceras de decúbito. El objetivo de la nueva ley es instar a los hospitales a cometer menos errores médicos. |
| P: |
Tengo un plan de ahorros para la jubilación 401(k) de un empleador anterior y un plan 403(b) de mi empleador actual. Estoy en proceso de cambiar de empleo dentro de las próximas seis semanas. ¿Puedo hacer que los aportes correspondientes a ambos planes sean transferidos a una nueva cuenta 401(k) provista por mi nuevo empleador? |
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Sí, puede hacer que dichos aportes sean transferidos a su nueva 401(k), en tanto y en cuanto cada uno de los planes lo permita. Consulte a su nuevo empleador y a su empleador actual, y revise los documentos de su antiguo plan 401(k) para que le sirvan de orientación.
En una época, no se podían transferir los aportes correspondientes a los planes 403(b), pero esa restricción ha sido levantada. |
Fuente: John Turner
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Estuve casada 11 años con mi primer marido y tres con el segundo. Ahora, tengo 58 años y estoy sola. ¿Puedo solicitar beneficios del Seguro Social basados en los antecedentes laborales de mi primer marido?, ¿debo dejar de trabajar para recibir beneficios del Seguro Social? |
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Usted podrá recibir beneficios como divorciada basados en los antecedentes de su primer marido cuando cumpla 62 años, si es que para entonces sigue sin casarse. No tiene que dejar de trabajar; pero si trabaja y aún no ha alcanzado la edad plena de jubilación, el Seguro Social deducirá $1 de sus beneficios por cada $2 que usted gane por encima del monto límite anual ($13.560 en 2008; $14.160 en 2009). El año en el que usted vaya a alcanzar la edad plena de jubilación (66 años), sus beneficios sufrirán una deducción de $1 por cada $3 que gane por encima del monto límite ($36.120 en 2008; $37.680 en 2009) hasta el mes en que cumpla los 66 años. Luego de eso, usted podrá trabajar sin sufrir ninguna penalidad. |
Fuente: Stan Hinden
Publicado originalmente en AARP Bulletin Today.
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